Condena a Francia: rechazar el sexo no es causal de divorcio
23 de enero de 2025Para los jueces de Estrasburgo "el consentimiento del matrimonio no implica consentir relaciones sexuales futuras" que "deben ser consentidas" para no constituir "una forma de violencia sexual".
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechaza así los argumentos de Francia, que sirvieron de base a la sentencia pronunciada en 2019 por el Tribunal de Apelación de Versalles, que consideró el divorcio de una mujer era enteramente responsabilidad de ella por negarse a mantener sexo con el esposo.
El recurso ante el Supremo presentado por la cónyuge, nacida en 1955, fue rechazado, por lo que acudió al Tribunal de Estrasburgo, que ahora le da razón en virtud del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre la vida privada y de familia.
En su sentencia, los magistrados critican el artículo 242 del Código Civil francés que establece que rechazar someterse al deber conyugal puede ser considerado una falta que justifique el divorcio y tenga consecuencias económicas o una indemnización.
"La existencia misma de tal obligación matrimonial es contraria a la libertad sexual, al derecho a disponer de su cuerpo y a la obligación positiva de prevención que pesa sobre los Estados en materia de lucha contra la violencia doméstica y sexual", indica el Tribunal.
No justifica injerencia de poderes públicos en sexualidad
Agrega que no existe "ningún motivo que justifique la injerencia de los poderes públicos en el terreno de la sexualidad" y que en su sentencia los tribunales franceses "no han expresado motivos pertinentes ni suficientes" ni han "respetado el justo equilibrio entre los intereses concurrentes".
La demandante, casada desde 1984 y madre de cuatro hijos con su marido, presentó la petición de divorcio en 2015 al considerar que él había dado prioridad a su carrera profesional en detrimento de la vida en familia y era irascible, violento e hiriente.
Pero el esposo reclamó que el motivo de divorcio era otro, el rechazo al deber conyugal durante varios años de su esposa.
Aunque en primera instancia en 2018 los jueces rechazaron este argumento y achacaron a los problemas de salud de la esposa el rechazo a mantener relaciones sexuales, un año más tarde en Apelación se responsabilizó totalmente a la mujer de la separación. En 2020, el Supremo rechazó el recurso de la esposa.
rml (efe, afp)